Derechos de los pasajeros en momentos cruciales

miércoles, 13 de marzo de 2013

Bruselas – el 13 de marzo de 2013 – Se ampliarán aún más los derechos de los pasajeros aéreos, los usuarios tendrán derecho a una compensación en el caso de un retraso de larga duración; hoy la Comisión Europea ha planteado una propuesta en la que se han ampliado puntos decisivos a los derechos de los pasajeros aéreos. Sin embargo, también la propuesta contiene una adaptación que restringiría dichos derechos, el cual está en contradicción a las sentencias anteriores del Tribunal de la Justicia de la Unión Europea.  

Siim Kallas los derechos de los pasajeros aéreos

Defectos técnicos

Según la legislación europea dictada el 23 de octubre de 2012, los pasajeros aéreos tienen derecho a una compensación en caso de un retraso igual o superior de tres horas. Dependiendo de la distancia del vuelo, la indemnización podría ascender de  hasta 600 euros por persona. Sin embargo, hasta el día de hoy existió vaguedad sobre el término ‘defectos técnicos’. Lógicamente, los pasajeros aéreos no pueden determinar un defecto técnico como  circunstancia extraordinaria o simplemente como la responsabilidad operacional de la compañía aérea. En este marco se desplegarán estas condiciones en dicha proposición de ley. “Muy buenas noticias” dice Arjen Versteeg en nombre de ‘Vuelo-Con-Retraso.es’, la empresa que apoya a los pasajeros aéreos para recuperar su dinero, porque ‘en casi el 40 por ciento de todos los casos, las compañías aéreas tienen la costumbre de apelar al término ‘circunstancias extraordinarias’ aduciendo que el caso concuerda con un defecto técnico. Debido a la propuesta, tales argumentos serán cosas del pasado. 

Pérdida de vuelo de conexión

Otra mejora importante en la propuesta con respecto a la legislación actual es el derecho en el caso de una ‘pérdida de conexión’. Por el momento, los pasajeros aéreos no tienen derecho a una compensación en caso de producirse un vuelo perdido debido al retraso en el primer vuelo, aunque  lleguen así más tarde de lo planeado al destino final. En este sentido el retraso total del pasajero  será decisivo. Si el retraso supera el límite legítimo, el pasajero tendrá derecho a indemnización. 

Restricción de los derechos de los pasajeros aéreos

Mediante estas  referidas adaptaciones, parece que la Comisión Europea, así como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, antepone la protección al consumidor. No obstante, curiosamente, la Comisión restringe los derechos de los pasajeros aéreos en la propuesta con otro punto de vista importante. Actualmente los viajeros tienen derecho a compensación en caso de un retraso de vuelo de por lo menos tres horas, pero la Comisión Europea tiene la intención de establecer un límite de por lo menos 5 horas. Además, probablemente se determinarán 9 o 12 horas como el retraso mínimo para poder tener derecho a indemnización en caso de vuelos de largas distancias.

Después de años de lucha, desde octubre 2012 el pasajero finalmente tiene claridad sobre la posibilidad de solicitar una indemnización. Si se adoptara esta parte de la propuesta, esto podría provocar caos en las compañías aéreas y los tribunales locales.

Brian Simpson, el presidente de la Comisión del Transporte y Turismo en el Parlamento Europeo manifiesta: “Yo dudo grandemente si el Parlamento ampara esta adaptación. También otros miembros del Parlamento Europeo están frustrados sobre la negación de la legislación por las compañías aéreas. En este marco creo que la sentencia tomara el rumbo contrario”. Hoy se han planteado la propuesta en Bruselas, el cual será discutida en el Parlamento Europeo en las próximas semanas.


Escrito por el equipo de Vuelo-Con-Retraso.es